Subvención para el Impulso Empresarial 2022

1. OBJETO

La concesión de una subvención a fondo perdido para el impulso empresarial dirigida a empresas de nueva creación que vayan a realizar inversiones productivas en la ciudad de Málaga.

2. TIPO DE SOLICITANTE

Personas físicas: Empresarios individuales, emprendedores de responsabilidad limitada y sociedades civiles. Personas jurídicas: Sociedades Limitadas, Sociedades Limitadas Nueva Empresa, Sociedades Anónimas, Sociedades Laborales, Sociedades Cooperativas de Trabajo para el impulso empresarial.

3. REQUISITOS

  1. 1. Que la actividad principal se desarrolle en el municipio de Málaga, así como que el domicilio social y fiscal estén también en el municipio de Málaga.
  2. 2. Que la empresa haya iniciado la actividad y esté dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) ante Hacienda Pública y en Seguridad Social con posterioridad a 30 de abril de 2021.
  3. 3. Que se realice una inversión mínima de 1.500 €, conforme a los criterios señalados más adelante.
  4. 4. Que el proyecto empresarial sea viable técnica y económicamente.
  5. 5. Que tengan la consideración de PYME, de conformidad con el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión Europea.

4. IMPORTE

El porcentaje de subvención será de un 50% del proyecto de inversión y/o gasto subvencionable, con un importe máximo de subvención de 10.000 euros.

5. CONCEPTOS INCENTIVABLES

Gastos:

  • Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad, medioambiental, I+D+i, seguridad.
  • Adaptación e implantación de la normativa de protección de datos personales (LOPD) y adaptación del sitio web a la ley de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico (LSSICE).

Inversiones:

  • Rehabilitación y adecuación del inmueble donde se vaya a desarrollar la actividad empresarial, que deberá estar ubicado en Málaga Capital. Se incluyen los honorarios técnicos de redacción de proyecto, dirección de obra y estudio de seguridad y salud.
  • Adquisición de maquinaria para el centro de trabajo que deberá estar ubicado en Málaga Capital.
  • Instalaciones técnicas del centro de trabajo que deberá estar ubicado en Málaga Capital.
  • Mobiliario y equipamiento del centro de trabajo que deberá estar ubicado en Málaga Capital.
  • Equipos informáticos y hardware para usar en el centro de trabajo que deberá estar ubicado en Málaga Capital.
  • Licencias y Software. El modelo de suscripción de software será válido siempre y cuando esté relacionado con la actividad empresarial del solicitante y por un periodo de al menos un año.
  • Diseño de la imagen corporativa. Excluidos gastos de impresión.
  • Diseño y elaboración de páginas web o portales corporativos virtuales.
  • Arte y diseño gráfico para aplicaciones digitales.
  • Traducción de contenidos webs.
  • Desarrollo de prototipos de I+D (puede incluir material y fungibles necesarios para la construcción y puesta a punto de prototipos). Se ha de aportar memoria explicativa que justifique los materiales necesarios para su desarrollo.
  • Certificación de producto.
  • Tramitación del registro de marca, nombre comercial, patentes, modelos de utilidad, y licencias de uso. No se incluye el importe de la tasa.

Conceptos no subvencionables: Cualquier gasto o inversión que no esté expresamente recogido en el apartado anterior. Con especial consideración NO serán subvencionables:

  • La adquisición de cualquier material considerado consumible o fungible, así como las existencias iniciales de mercadería (excepto lo indicado para los prototipos de I+D).
  • La compra o el alquiler de locales.
  • El equipamiento, mobiliario y/o rehabilitación para apartamentos turísticos.
  • El IVA, las tasas o cualquier impuesto.
  • La adquisición de bienes o realización de gastos que no sean estrictamente necesarios para la actividad empresarial.
  • Gastos de impresión y papelería.
  • Los gastos de personal sean del tipo que sean.
  • Vehículos de cualquier tipo, incluyendo cualquiera para el uso de transporte público o privado de personas o mercancías.

6. ASPECTOS DESTACADOS

Las inversiones y gastos NO pueden haber sido ejecutados con anterioridad a la solicitud de subvención. Por ello, ni la fecha de factura, ni el justificante de pago puede tener fecha previa a la solicitud. Las inversiones y gastos deberán ser adquiridos en propiedad a terceros por el beneficiario de la subvención, y ser contratados y pagados directamente por el beneficiario (persona física o jurídica) o el administrador al proveedor final.

7. FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

8. PARA MÁS INFORMACIÓN

Puede solicitar más información en malagaemprende@promalaga.es Le atenderemos en Promálaga Álamos, C/ Álamos, 34 – 29012 Málaga

9. BASES REGULADORAS Y ANEXOS