Servicio gratuito Constitución de Empresas

1. OBJETO

Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de un servicio de asesoramiento y acompañamiento gratuito en la constitución de sociedades mercantiles. Este programa está dirigido a todas las sociedades mercantiles que vayan a estar domiciliados en el término municipal de Málaga, como forma de apoyar el inicio y puesta en marcha de la actividad empresarial.

2. REQUISITOS

Podrán ser beneficiarios de este servicio las sociedades mercantiles que cumplan los siguientes requisitos:

  1.  Que el domicilio social y fiscal de la empresa vaya a estar en Málaga capital.
  2. La actividad principal se vaya a desarrollar en Málaga Capital.
  3. Que el solicitante tenga certificado negativo de denominación social en vigor.
  4. Que el solicitante no incurra en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38 /2003 General de Subvenciones.

3. CÓMO SE SOLICITA

Procedimiento presencial:

  1.  Cumplimentar el formulario: https://www.promalaga.es/malaga-emprende/solicitud-de-visita/ . Un técnico se pondrá en contacto con el usuario para explicarle la documentación que debe aportar y cómo obtenerla.
  2. Enviar la documentación necesaria por correo electrónico y solicitar una cita para venir a firmar la solicitud y los anexos.
  3. Acudir a la oficina de Málaga Emprende de Promálaga en C/ Álamos nº 34, Málaga.
  4. Una vez revisada y valorada la documentación completa del programa se sellará y firmará por un técnico de Promálaga y se le asignará los datos de contacto de la asesoría.
  5. Obtener copia registrada de su presentación.
  6. Se le concertará cita con la asesoría.
  7. En caso de que la documentación presentada esté incompleta se le requerirá su subsanación.

3. SERVICIOS INCLUIDOS EN EL PROGRAMA DE CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS

El asesoramiento previo para determinar la forma jurídica, la solicitud de la denominación social, la preparación de los estatutos, acompañamiento a notaría para firmar la escritura de constitución, la tramitación de la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la tramitación para la Inscripción en los Registros correspondientes y la obtención del CIF definitivo.

No incluye los importes de Notaría y Registro mercantil.

En el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de concesión del servicio, la sociedad deberá formalizar la escritura de constitución, en caso contrario, se entenderá desestimada la concesión del servicio.

Procedimiento telemático:

  1. Iniciar el trámite enviando a malagaemprende@promalaga.es la solicitud y los anexos cumplimentados y firmados digitalmente, adjuntando la documentación escaneada. Si no se dispone de certificado digital, los impresos se cumplimentarán y firmarán de manera presencial, para lo cual habrá que pedir cita previa en el 952 24 34 11.
  2. Una vez revisada y valorada la documentación del programa por un técnico de Promálaga:
    1. Si la documentación estuviese incompleta, nos pondremos en contacto con el solicitante para requerirle su subsanación.
    2. Si la documentación fuese correcta, un técnico de Promálaga contactará con el solicitante para remitirle su solicitud de asesoramiento gratuito validada por Promálaga, así como los datos de contacto de la asesoría asignada para que se inicie el servicio.

Para cualquier duda o consulta:

  • 952 24 34 11
  • malagaemprende@promalaga.es.

4. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

  1.  Impreso de solicitud.
  2. Fotocopia del D.N.I/ N.I.E del emprendedor/es que constituyan la nueva empresa.
  3. Certificado negativo del nombre en vigor.
  4. Anexo 1: Declaración Responsable.
  5. Anexo 2: Consentimiento de comunicaciones entre Promálaga y asesoría responsable.

5. DETALLE DEL ASESORAMIENTO

Servicios incluidos en el programa de constitución de empresas:

  • El asesoramiento previo para determinar la forma jurídica, la solicitud de la denominación social, la preparación de los estatutos, acompañamiento a notaría para firmar la escritura de constitución, la tramitación de la liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, la tramitación para la Inscripción en los Registros correspondientes y la obtención del CIF definitivo.

No incluye los importes de Notaría y Registro mercantil.

En el plazo máximo de 1 mes desde la fecha de concesión del servicio, la sociedad deberá formalizar la escritura de constitución, en caso contrario, se entenderá desestimada la concesión del servicio.

6. IMPRESOS